PapelesFáciles

Inicio › Ayudas › Alquiler para jóvenes

Ayuda al alquiler para jóvenes en 2026

Ayuda del Plan Estatal de Vivienda 2026-2030 para que los menores de 35 años puedan pagar el alquiler de una vivienda o una habitación. Aquí tienes cuánto da, quién puede pedirla y qué comprobar antes de firmar el contrato.

Revisado el 25 de octubre de 2026

Importante: la ayuda la conceden las comunidades autónomas con sus propias convocatorias. El Bono Alquiler Joven de 250 € mensuales pertenecía al plan anterior (2022-2025). No hemos podido confirmar qué comunidades tienen ya la convocatoria abierta con el plan nuevo.

Resumen

Comprueba si cumples los requisitos

Orientativo: aplica los requisitos del Real Decreto 326/2026. Tu comunidad puede añadir condiciones. Los datos no salen de tu navegador.

Requisitos

Para el cálculo del IPREM usamos 8.400 € al año (14 pagas). Si cambias de vivienda dentro de tu comunidad, debes comunicarlo en 15 días.

Cómo se pide, paso a paso

  1. Mira la convocatoria de tu comunidad autónoma (o de Ceuta y Melilla): es quien recibe las solicitudes y la gestiona.
  2. Comprueba la renta del alquiler y los límites de arriba antes de firmar.
  3. Reúne: contrato de alquiler (o compromiso de firmarlo), volante de empadronamiento y justificantes de ingresos.
  4. Presenta la solicitud en la sede electrónica de tu comunidad. Las convocatorias son abiertas y permanentes.
  5. Comunica cambios de ingresos o de situación al órgano que te la concedió.

La documentación exacta y los plazos los fija cada convocatoria; no hemos podido confirmarlos para todas las comunidades.

Preguntas frecuentes

¿El Bono Alquiler Joven de 250 € sigue existiendo?

El Bono Alquiler Joven se regulaba en el Real Decreto 42/2022, junto al Plan Estatal 2022-2025. El nuevo Plan Estatal de Vivienda 2026-2030 (Real Decreto 326/2026) incluye una ayuda propia al alquiler para la emancipación de las personas jóvenes. Esta guía explica la del plan nuevo.

¿Cuánto dinero da?

Hasta 300 € al mes por una vivienda y hasta 200 € al mes por una habitación, con el límite del 60 % de la renta mensual que pagues (artículo 137). Se concede por dos años, prorrogables hasta otros dos si la comunidad autónoma lo acuerda y sigues cumpliendo los requisitos.

¿Qué edad hay que tener?

Menos de 35 años, incluidos los 35, en el momento de solicitar la ayuda, y ser mayor de edad.

¿Cuánto puedo ganar?

Rentas anuales iguales o inferiores a 5 veces el IPREM. El umbral sube a 5,5 veces si tienes discapacidad del 33 % o más, o eres hijo o hija de víctimas de violencia de género, y a 6 veces con discapacidad del 65 % o más. Se descuentan las prestaciones de la Ley de Dependencia y las pensiones no contributivas.

¿Qué alquiler máximo se admite?

Hasta 1.000 € al mes por una vivienda y 600 € por una habitación. En municipios de 10.000 habitantes o menos, 500 € y 250 € respectivamente. Las comunidades autónomas pueden elevar estas cifras con acuerdo del Ministerio.

¿Dónde se pide y hasta cuándo?

En tu comunidad autónoma (o en Ceuta y Melilla), que hacen convocatorias abiertas de forma continuada y permanente, según el artículo 138. No hemos podido confirmar qué comunidades han abierto ya la convocatoria con el plan nuevo: consulta la web de vivienda de la tuya.

Fuentes oficiales

Esta página es informativa y no sustituye al texto oficial ni a la convocatoria de tu comunidad. Revisada el 25 de octubre de 2026. Si ves un dato desactualizado, escríbenos a [email protected].