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Pensión de viudedad de parejas de hecho: qué cambia en 2026
El Real Decreto-ley 31/2026 ha cambiado los requisitos de convivencia para que una pareja de hecho cobre la pensión de viudedad. Aquí tienes qué se exige ahora y un comprobador sencillo.
Revisado el 31 de octubre de 2026
Resumen
- Con hijos en común: convivencia estable e ininterrumpida de al menos dos años, con empadronamiento.
- Sin hijos en común: cinco años de convivencia y una inscripción en registro o documento público con al menos dos años de antelación al fallecimiento.
- Hay una vía transitoria excepcional para fallecimientos anteriores a la entrada en vigor, con plazo de doce meses.
- Cumplir este requisito no basta: también cuentan las cotizaciones del fallecido.
Comprobador: ¿cumples el requisito de pareja de hecho?
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Solo evalúa el requisito de pareja de hecho, no las cotizaciones ni otros requisitos.
Qué se exige ahora
El nuevo texto del artículo 221.2 de la Ley General de la Seguridad Social distingue dos situaciones según haya o no hijos comunes. En ambos casos se habla de convivencia estable e ininterrumpida acreditada con el empadronamiento.
Fuentes: BOE, Real Decreto-ley 31/2026 y Ley General de la Seguridad Social.
Fallecimientos anteriores: vía transitoria
La disposición transitoria cuadragésima octava prevé reconocer la pensión en supuestos excepcionales de fallecimientos anteriores a la entrada en vigor, con un plazo de doce meses desde el 21 de octubre de 2026. Los detalles dependen de cada caso, así que consulta con la Seguridad Social.
Fuente: BOE, Real Decreto-ley 31/2026.
Preguntas frecuentes
¿Qué cambia para las parejas de hecho con el Real Decreto-ley 31/2026?
Modifica el artículo 221 de la Ley General de la Seguridad Social. Si la pareja tiene hijos en común, basta con haber convivido de forma estable e ininterrumpida al menos dos años. Si no los tiene, se exigen cinco años de convivencia y que la inscripción o el documento público de la pareja tenga al menos dos años de antelación al fallecimiento.
¿Ya está en vigor?
Es un real decreto-ley publicado en el BOE el 21 de octubre de 2026. Los reales decretos-leyes se aplican desde su entrada en vigor, pero el Congreso debe convalidarlos o derogarlos en el plazo que fija la Constitución. Comprueba su estado antes de reclamar.
¿Qué pasa si mi pareja falleció antes del 21 de octubre de 2026?
El texto incluye una disposición transitoria, la cuadragésima octava, para reconocer la pensión en supuestos excepcionales, con un plazo de doce meses desde la entrada en vigor. Si es tu caso, consulta con la Seguridad Social cómo se aplica a tu situación.
¿Cumplir el requisito de pareja de hecho basta para cobrar la pensión?
No. Además se exigen los requisitos de cotización del fallecido y los demás que fija la Ley General de la Seguridad Social. El comprobador de esta página solo evalúa el requisito de pareja de hecho.
Antes de reclamar
- Reúne el certificado de empadronamiento y el documento de la pareja de hecho.
- Comprueba si el decreto-ley ha sido convalidado.
- Mira también la calculadora de pensión de jubilación.
Papeles Fáciles es una web informativa independiente. No es la Seguridad Social y no da asesoramiento personalizado.